Subrayando la importancia de la realización universal del derecho de los pueblos a la libre determinación y de la rápida concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales para la efectiva garantía y observancia de los derechos humanos,
(…)
1. Afirma la
legitimidad de la lucha de los pueblos bajo dominación colonial y extranjera a los cuales se ha reconocido el derecho a la libre determinación para recuperar ese derecho
por todos los medios a su alcance;
2. Reconoce el derecho de los pueblos bajo dominación colonial y extranjera,
en el ejercicio legítimo de su derecho a la libre determinación, de pedir y recibir toda clase de ayuda moral y material, de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas y el espíritu de la Carta de las Naciones Unidas;
3. Insta a todos los gobiernos que niegan el derecho a la libre determinación de los pueblos bajo dominación colonial y extranjera a reconocer y respetar ese derecho de conformidad con los instrumentos internacionales pertinentes y con los principios y el espíritu de la Carta;
4. Considera que la adquisición y retención de territorio en contravención del derecho de la población de ese territorio a la libre determinación es inadmisible y constituye una violación grave de la Carta;
5. Condena a los gobiernos que niegan el derecho a la libre determinación a los pueblos a los cuales se reconoce este derecho, especialmente a los pueblos del Africa meridional y de
Palestina; (...)
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