viernes, 11 de diciembre de 2009

Recomendaciones de la Red Euro-Mediterránea de Derechos Humanos (REMDH) a la Presidencia española de la UE

Acerca de la Unión por el Mediterráneo y la Política Europea de Vecindad

REMDH

(fragmento)

5. Mejora bilateral de las relaciones con Israel

El 15 de junio de 2008 el Consejo de la UE acordó mejorar las relaciones bilaterales con Israel en la estructura de la PEV. Este hecho se llevó a cabo a pesar de las graves violaciones israelíes a los derechos humanos y a la ley humanitaria internacional en los Territorios Palestinos Ocupados (TPO), así como a la continua discriminación a la minoría palestina árabe dentro de Israel. La UE confirmó su consentimiento para esta mejora en sus conclusiones del Consejo de diciembre de 2008 y ofreció a Israel una mejora política de largo alcance. Durante el ataque de Israel a la Franja de Gaza y el período electoral en Israel la mejora se puso en espera por razones técnicas, y finalmente se aplazó de modo oficial en junio de 2009. La preocupación de la REMDH es que prevalezcan los negocios como de costumbre, puesto que la UE sigue fortaleciendo sus relaciones con Israel en el campo del comercio y la cooperación económica y técnica. En abril de 2009, el Consejo dio un mandato a Europol para negociar un acuerdo operativo con Israel. El 4 de noviembre de 2009, la UE concluyó un nuevo pacto con Israel sobre comercio agrícola, mejorando el acceso a los mercados de ambos partes que, según la UE, supone “un paso importante en la integración de los mercados israelíes y de la UE”.

Este incremento de la cooperación desdeña las violaciones de Israel al derecho internacional y muchos la perciben como un premio a este país por su trato a los palestinos. Además, plantea una serie de problemas legales para la UE, principalmente debido a la aplicación de Israel del Acuerdo de Asociación a las ilegales colonias en los Territorios Palestinos Ocupados.

En septiembre de 2009, el informe de la Misión de Investigación de las Naciones Unidas sobre el conflicto de Gaza (el Informe Goldstone) concluyó que tanto las fuerzas militares israelíes como los grupos palestinos armados violaron el derecho internacional y cometieron crímenes de guerra sumados a graves violaciones de las Convenciones de Ginebra y, posiblemente, crímenes contra la humanidad. El Informe Goldstone es una línea divisoria y su refrendación por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) del 16 de octubre de 2009 y la Asamblea General de la ONU el 5 de noviembre de 2009, representa un importante paso hacia la promoción de los derechos humanos y del imperio de la ley. Sin embargo, la REMDH lamenta la falta de apoyo de algunos Estados miembros de la Unión al Informe Goldstone y a sus recomendaciones. La Red cree firmemente que los derechos humanos y el imperio de la ley son componentes esenciales en la persecución de una paz justa y duradera en Oriente Próximo y, como tal, debe verse como un fundamento de cualquier proceso de paz. La UE y sus Estados miembros deben dar consistencia a sus compromisos declarados para luchar contra la impunidad, para apoyar el imperio de la ley y para promover el respeto al derecho internacional.

En vista de lo anterior, la REMDH urge a la Presidencia española a:

- Tomar una posición firme por la que cualquier mejora de las relaciones entre la UE e Israel se condicione al progreso tangible del respeto de Israel a las leyes internacionales de derechos humanos, a las leyes humanitarias y a sus compromisos con el proceso de paz. Esto incluye el levantamiento del bloqueo a la Franja de Gaza y el inicio de una investigación digna de crédito e independiente sobre la Operación Plomo Fundido, como recomendó la Asamblea General de la ONU el 5 de noviembre de 2009.

- Dar los pasos necesarios para situar la mejora sustancial de los derechos humanos en el centro de la relación entre la UE e Israel en cualquier relación bilateral nueva, condicionando el acceso a programas y agencias europeas a mejoras en la conducta de Israel respecto a los derechos humanos.

- Tomar los pasos necesarios para asegurar que cualquier instrumento de cooperación, actual y futuro, entre la UE e Israel se aplique únicamente en las fronteras de Israel internacionalmente reconocidas, sin que se beneficien las colonias israelíes en los Territorios Ocupados.

- Observar con detalle –en cooperación con las organizaciones israelíes y palestinas de derechos humanos– si se llevan a cabo investigaciones locales independientes y creíbles por Israel y por el lado palestino sobre las graves violaciones del derecho internacional y de los derechos humanos a las que hace referencia el Informe Goldstone. La UE deberá informar de sus conclusiones a la Asamblea General de la ONU, al Consejo de Seguridad y al Secretario General.

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